Suplementos alimenticios en México: requisitos, etiquetado y errores que debes evitar

Suplementos alimenticios en México: requisitos, etiquetado y errores que debes evitar

Los suplementos alimenticios han ganado gran popularidad en México y cada vez más empresas buscan fabricarlos, importarlos o comercializarlos. Sin embargo, antes de poner un producto en el mercado es necesario cumplir diversos requisitos regulatorios y de etiquetado a base de su lista de ingredientes.

Conocer la clasificación del producto, los ingredientes permitidos, el etiquetado y las reglas de publicidad ayuda a evitar incumplimientos y sanciones. En este blog encontrarás los aspectos más importantes para comercializar suplementos alimenticios de forma segura y conforma a la legislación mexicana.

Si tú eres fabricante, importador, distribuidor, comercializador o incluso consumidor de suplementos alimenticios, es importante conocer la regulación aplicable en México. Comprender los requisitos legales te ayudará a tomar decisiones informadas, evitar incumplimientos y garantizar que los productos se comercialicen de forma segura y conforme a la normativa vigente.

¿Qué es un suplemento alimenticio?

De acuerdo con el artículo 215 de la Ley General de Salud define los suplementos alimenticios como productos elaborados a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, frutas deshidratadas o concentradas, con o sin adición de vitaminas y minerales. Pueden presentarse en formas farmacéuticas, como cápsulas, tabletas, polvos o líquidos, y su finalidad es incrementar, complementar o suplir componentes de la alimentación diaria.

Productos sobre una mesa de laboratorio, acompañados de ingredientes naturales, una lupa y documentación regulatoria.

Estos productos los consumen personas que buscan apoyar su bienestar general, mejorar su rendimiento físico o cubrir posibles deficiencias nutricionales. También los utilizan deportistas, personas con dietas restrictivas y consumidores que desean complementar su alimentación.

¿Cuál es la diferencia entre un suplemento alimenticio y un alimento?

La principal diferencia entre un alimento y un suplemento alimenticio radica en su finalidad de consumo. Los alimentos se consumen como parte de la dieta diaria para aportar energía y nutrientes básicos. En cambio, los suplementos alimenticios se utilizan para complementar la alimentación y cubrir posibles deficiencias.

También existen diferencias en su forma de presentación. Los alimentos se consumen en su estado natural o procesado como comidas o bebidas. Los suplementos, en cambio suelen presentarse en formas farmacéuticas como cápsulas, tabletas, polvos o líquidos.

Mujer comparando una comida equilibrada con suplementos  para complementar su alimentación diaria.

En cuanto a su composición, los alimentos contienen una mezcla amplia de macronutrientes y micronutrientes. Los suplementos concentran uno o varios ingredientes específicos como vitaminas, minerales, proteínas o extractos vegetales.

Desde el punto de vista regulatorio, ambos productos están sujetos a disposiciones sanitarias, pero los suplementos tienen restricciones más estrictas en cuanto a sus declaraciones y etiquetado para evitar confusión con medicamentos.

Características AlimentoSuplemento Alimenticio
FinalidadAportar energía y nutrientes diariosCompletar la dieta
Presentación Comida o bebidaCápsulas, tabletas, polvos o líquidos
Composición Mezcla de nutrientes naturales Nutrientes o ingredientes específicos
Uso Consumo diario obligatorioConsumo opcional
Regulación Normas generales de alimentosRegulación sanitaria específica

¿Existe una NOM específica para suplementos alimenticios?

En México no existe una Norma Oficial Mexicana (NOM) exclusiva que regule de manera integral los suplementos alimenticios. Sin embargo, durante el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2026 se contempla el desarrollo de una NOM de Suplementos Alimenticios, Especificaciones Sanitarias y Nutrimentales, cuyo objetivo es establecer criterios científicos para su composición, etiquetado y evaluación sanitaria.

La elaboración de esta norma responde al crecimiento del mercado y a la necesidad de fortalecer la protección de la salud pública. Entre los principales riesgos identificados se encuentran en el uso de ingredientes con actividad farmacológica, plantas cuya seguridad no está demostrada, contaminantes como plaguicidas, ingredientes no declarados, productos adulterados, información insuficiente para el consumidor y declaraciones que inducen a un uso inadecuado. Asimismo, se busca evitar que productos con características propias de medicamentos o remedios herbolarios se comercialicen como suplementos alimenticios.

Mientras esta NOM es desarrollada, la fabricación, importación, comercialización, etiquetado y control sanitario de los suplementos alimenticios continúan regulándose mediante diversas leyes, reglamentos, normas y acuerdos emitidos por las autoridades competentes. En conjunto, estas disposiciones establecen los requisitos para garantizar la calidad, inocuidad, seguridad e información veraz al consumidor.

Especialista revisando un producto junto con documentos de regulación sanitaria mexicana.

Las principales disposiciones son:

¿Qué necesito para vender un suplemento alimenticio en México?

Antes de comercializar un suplemento alimenticio, verifica que el producto cumpla con la legislación sanitaria mexicana. Además, identifica correctamente su clasificación para evitar incumplimientos regulatorios.

Paso 1. Determinar si realmente es un suplemento alimenticio

Antes de etiquetar el producto, verifica que no corresponda a otra categoría regulatoria, por ejemplo:

El primer paso consiste en identificar la naturaleza del producto. Una clasificación incorrecta puede generar requisitos regulatorios distintos e impedir su comercialización.

  • Alimento: Se consume como parte de la dieta habitual y su finalidad principal es aportar nutrimentos.
  • Medicamento: Previene diagnostica, trata, controla o cura enfermedades y requiere registro sanitario.
  • Remedio herbolario: Se elabora con material vegetal y se utiliza para aliviar síntomas o modificar funciones fisiológicas, conforme a la legislación aplicable.
  • Cosmético: Se aplica sobre partes externas del cuerpo para limpiar, perfumar, proteger o modificar la apariencia, sin finalidad terapéutica.

Ejemplos:

  • Cápsulas con vitamina C y zinc para complementar la alimentación (suplemento alimenticio)
  • Tabletas que prometen controlar la glucosa (medicamento)
  • Crema con extracto de sábila para hidratar la piel (cosmético)
  • Cápsulas de plantas para aliviar el insomnio. (remedio herbolario)

Paso 2. Analizar los ingredientes

– Ingredientes prohibidos en suplementos alimenticios

Verifica que la formulación del suplemento alimenticio no contenga procaína, efedrina, yohimbina, germanio, estupefacientes, psicotrópicos, hormonas animales o humanas, ni aditivos o coadyuvantes no permitidos o que exceden los límites establecidos en el Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias. Esta verificación reduce el riesgo de incumplimiento regulatorio y contribuye a la protección de la salud del consumidor.

Ejemplos de aditivos permitidos

  • Ácido cítrico (INS 330) – Regulador de acidez (BPF).
  • Ácido ascórbico (INS 300) – Antioxidante (BPF).
  • Sorbato de potasio (INS 202) – Conservador (hasta 1,000 mg/kg, según la categoría).
  • Benzoato de sodio (INS 211) – Conservador (según la categoría).
  • Goma xantana (INS 415) – Espesante (BPF).
  • Goma guar (INS 412) – Estabilizante (BPF).
  • Lecitinas (INS 322) – Emulsionante (BPF).

Algunos de edulcorantes permitidos

  • Sucralosa (INS 955) – Hasta 600 mg/kg, según la categoría.
  • Acesulfame K (INS 950) – Según la categoría.
  • Aspartame (INS 951) – Según la categoría.
  • Glucósidos de esteviol (INS 960) – Según la categoría.
  • Neotame (INS 961) – Según la categoría.

Ejemplos de colorantes permitidos

  • Curcumina (INS 100) – BPF.
  • Riboflavina (INS 101) – BPF.
  • Caramelo (INS 150) – BPF.
  • Beta-carotenos (INS 160a) – BPF.
  • Clorofilas (INS 140) – BPF.

Algunos conservantes permitidos

  • Sorbato de potasio (INS 202) – Hasta 1,000 mg/kg, según la categoría.
  • Ácido sórbico (INS 200) – Según la categoría.
  • Benzoato de sodio (INS 211) – Según la categoría.
– Declarar correctamente los ingredientes

La lista de ingredientes debe presentarse en orden decreciente de cantidad. Asimismo, cuando el producto contenga plantas deberá indicarse el nombre común y el nombre botánico.

Ejemplo correcto:

Agua purificada, extracto de té verde (Camellia sinensis), cúrcuma (Curcuma longa), vitamina C y zinc.

Ejemplo incorrecto:

Extractos naturales, mezcla herbal y vitaminas.

– Declara alérgenos y advertencias

Cuando la formulación contenga ingredientes que representen un riesgo para determinados consumidores la etiqueta debe incluir las advertencias correspondientes. Además, deberán declararse alérgenos como soya, cacahuate, nueces, pescado, crustáceos, fenilalanina o colorantes, cuando aplique.

Ejemplos:

  • Contiene soya
  • Contiene fenilalanina
  • Puede contener nueces
  • No consumir durante el embarazo o la lactancia
  • Manténgase fuera del alcance de los niños

Paso 3. Revisar las plantas utilizadas

Antes de formular un suplemento alimenticio, verifica que las plantas empleadas estén autorizadas en el Acuerdo por el que se determinan las plantas prohibidas o permitidas para tés, infusiones, aceites vegetales comestibles y suplementos alimenticios. Asimismo, consulta la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos para identificar especies con toxicidad conocida y considerar las restricciones, advertencias o condiciones de uso aplicables. Esta revisión ayuda a garantizar el cumplimiento de la normativa sanitaria y a proteger la seguridad del consumidor.

Ejemplos de plantas utilizadas en suplementos alimenticios:

  • Manzanilla (Matricaria chamomilla).
  • Hierbabuena (Mentha spicata).
  • Menta (Mentha × piperita).
  • Jengibre (Zingiber officinale).
  • Cúrcuma (Curcuma longa).
  • Canela (Cinnamomum verum).
  • Romero (Salvia rosmarinus).
  • Tomillo (Thymus vulgaris).
  • Orégano (Origanum vulgare).
  • Hibisco o jamaica (Hibiscus sabdariffa).
  • Nopal (Opuntia ficus-indica).

Ejemplos de plantas no permitidas en suplementos alimenticios:

De acuerdo con el Acuerdo por el que se determinan las plantas prohibidas o permitidas para tés, infusiones, aceites vegetales comestibles y suplementos alimenticios

  • Aloe vera (sábila)
  • Ginkgo biloba (ginkgo)
  • Panax ginseng (ginseng)
  • Valeriana officinalis (valeriana)
  • Ganoderma lucidum (reishi)
  • Garcinia cambogia (garcinia)
  • Echinacea purpurea (equinácea)
  • Uncaria tomentosa (uña de gato)
  • Centella asiatica (gotu kola)
  • Equisetum laevigatum (cola de caballo).

Ejemplos de plantas con toxicidad conocida

Descritas en la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos

  • Arnica montana (árnica)
  • Atropa belladonna (belladona)
  • Conium maculatum (cicuta)
  • Datura stramonium (toloache)
  • Digitalis purpurea (digital)
  • Hyoscyamus niger (beleño)
  • Ricinus communis (ricino o higuerilla)
  • Strychnos nux-vomica (nuez vómica)
  • Symphytum officinale (consuelda)
  • Veratrum album (eléboro blanco)

Por ello, ambos documentos deben consultarse durante el desarrollo y la evaluación regulatoria de un suplemento alimenticio.

Paso 4. Analizar el etiquetado

– Declaración

La etiqueta debe indicar claramente que el producto es un “Suplemento Alimenticio”. Además, esta denominación debe ser visible y fácil de identificar por el consumidor.

Ejemplo correcto: “Suplemento Alimenticio a base de vitamina C y zinc”

Ejemplo incorrecto: “Producto natural” o “Fórmula especial”, sin indicar que es un suplemento alimenticio.

– Leyendas obligatorias en los suplementos alimenticios

Toda etiqueta debe contener las leyendas exigidas por la autoridad sanitaria. De esta forma el consumidor identifica que se trata de un suplemento alimenticio y no de un medicamento.

Las leyendas obligatorias son:

  • “Este producto no es un medicamento”
  • “El consumo de este producto es responsabilidad de quien lo recomienda y de quien lo usa”
– Incluir la razón social y domicilio

La etiqueta debe indicar la razón social y el domicilio del fabricante, importador, envasador, maquilador o distribuidor, según corresponda. Asimismo, está información debe ser completa y legible para facilitar la identificación del responsable sanitario.

Ejemplo:

Importado y distribuido en México por:
VIT MMM, S.A de C.V. Edo. de Querétaro 17, Providencia, Gustavo A. Madero, CP07550 Ciudad de México, CDMX

– Declara el código de identificación (lote)

Todo suplemento alimenticio debe mostrar un código de identificación denominado lote. Además, este código debe permanecer legible durante toda la vida útil del producto para garantizar su trazabilidad.

Ejemplos:

  • Lote: L240601
  • Lote: SA-2026-015
Revisión ampliada de la etiqueta de un medicamento con información nutrimental, ingredientes y leyendas obligatorias.
– Indicar la fecha de caducidad

La etiqueta debe incluir la fecha de caducidad en un formato claro y legible. Asimismo, el producto únicamente podrá comercializarse mientras la fecha permanezca vigente.

Ejemplos:

  • Caducidad: 08/2028.
  • Consumir preferentemente antes de: agosto de 2028.
– Agrega instrucciones de empleo

La etiqueta debe indicar la forma correcta de consumo del suplemento alimenticio. Además, debe especificar la porción recomendada y evitar instrucciones que promuevan un consumo excesivo.

– Incluir instrucciones de conservación

También deben indicar las condiciones necesarias para conservar el producto. De esta manera, se mantiene su estabilidad, cantidad e inocuidad durante su vida útil:

Ejemplos:

  • Consérvese en un lugar fresco y seco.
  • Protéjase de la luz solar.
  • Mantenga el envase bien cerrado.
– Indicar la edad recomendada para su consumo

La etiqueta debe señalar mínima para consumir el producto. Además, la forma farmacéutica debe ser adecuada para el grupo de edad al que va dirigido.

Ejemplos:

  • Uso recomendado a partir de los 12 años.
  • Formulación líquida para niños de 2 a 5 años.
  • Tabletas masticables para niños de 6 a 11 años.
  • No administrar a menores de 18 años.
– Presenta correctamente la declaración nutrimental

Todos los suplementos alimenticios deben incluir una declaración nutrimental. Además, la información debe expresarse por porción y por 100 g o 100 mL, según corresponda. También deben declararse los nutrimentos destacados en la etiqueta o publicidad.

La tabla nutrimental debe incluir, según aplique:

  • Tamaño de la porción.
  • Porciones del envase.
  • Contenido energético.
  • Proteínas.
  • Grasas (totales, saturadas, monoinsaturadas y poliinsaturadas).
  • Colesterol.
  • Carbohidratos.
  • Sodio.
  • Vitaminas y minerales declarados.
-Verificar el contenido de vitaminas y minerales

Cuando el suplemento contenga vitaminas o minerales, sus cantidades no deben superar los límites máximos diarios establecidos por la autoridad sanitaria. Además, estos nutrimientos deben declararse en la tabla nutrimental.

Ejemplos de límites máximos diarios

Especialista sustituyendo una etiqueta con declaraciones prohibidas por una comunicación adecuada para un suplemento.

Vitaminas

  • Vitamina A: 1000 μg.
  • Vitamina C: 300 mg.
  • Vitamina D: 10 μg.
  • Vitamina E: 200 mg.
  • Ácido fólico: 400 μg.

Ejemplos correctos:

  • Complementa la alimentación.
  • Consumir como parte de una dieta equilibrada.

Paso 5. Revisar declaraciones

– Evitar atribuir propiedades terapéuticas, preventivas, rehabilitadoras

Los suplementos alimenticios no pueden prevenir, tratar, aliviar o curar enfermedades. Por lo tanto, la publicidad y el etiquetado deben limitarse a descubrir su composición y finalidad nutricional.

Ejemplos incorrectos:

  • Cura la diabetes.
  • Elimina el colesterol.
  • Desinflama las articulaciones.
  • Previene el cáncer.

Ejemplos correctos:

  • Contiene vitamina D.
  • Fuente de calcio.
  • Complementa la alimentación diaria.
– No utilices imágenes de órganos o partes del cuerpo

Asimismo, la etiqueta no debe incluir ilustraciones de órganos, articulaciones o sistemas del cuerpo humano

Equipo comparando publicidad exagerada y publicidad permitida para suplementos alimenticios.

Ejemplos no permitidos:

  • Corazón.
  • Hígado.
  • Cerebro.
  • Riñones.
  • Articulaciones.

Ejemplos permitidos:

  • Plantas.
  • Frutas.
  • Semillas.
  • Cápsulas.
  • Ingredientes del producto.
– El nombre comercial no debe hacer referencia a enfermedades

Del mismo modo, el nombre del producto no puede sugerir que combate enfermedades o actúa sobre un órgano en específico. En consecuencia, debe elegirse un nombre comercial neutro.

– No afirmar que sustituye una comida

Además, ningún suplemento alimenticio puede declararse sustituto de una alimentación equilibrada. Su función únicamente consiste en complementar la dieta.

Ejemplos incorrectos:

  • Sustituye un desayuno.
  • Reemplaza una comida completa.
  • Aporta todos los nutrimentos diarios.

Trámites de suplementos alimenticios

Paso 6. Consulta de clasificación

Antes de fabricar, importar o comercializar un producto es recomendable confirmar que realmente pertenece a la categoría de suplemento alimenticio. Para ello, COFEPRIS cuenta con la Consulta de Clasificación de Producto como Suplemento Alimenticio, un trámite gratuito mediante el cual la autoridad evalúa la información del producto y emite una opinión técnica sobre su clasificación.
Esta consulta no representa una autorización ni un registro sanitario su objetivo es determinar si el producto cumple con las características regulatorias de un suplemento alimenticio o si debe clasificarse dentro de otra categoría.

¿Cómo realizar la consulta de clasificación?

  1. Preparar la información del producto.

Antes de ingresar la solicitud, se debe de reunir la información técnica del suplemento, incluyendo:

  • Nombre del producto
  • Denominación genérica: “Suplemento Alimenticio”
  • Descripción del producto y presentación (cápsula, tableta, polvo, solución, entre otras)
  • Ingredientes que contiene.
  • Fórmula cuantitativa por porción y por 100 g.
  • Función o aporte nutrimental de cada ingrediente.
  • Información de plantas utilizadas, incluyendo nombre común, nombre científico y parte utilizada.
  • Modo de empleo.
  • Etiqueta del producto en español.
  • Elaborar la solicitud

La solicitud debe presentarse en hoja membretada de la empresa y estar firmada por el propietario, representante legal o responsable sanitario cuando aplique. Debe dirigirse a la Comisión de Autorización Sanitaria de COFEPRIS

  • Integrar la etiqueta del producto

Se debe entregar una muestra de la etiqueta con la información comercial del producto. En caso de suplementos importados, también debe incluirse la etiqueta original y, se utiliza una contra etiqueta, indicar cómo sería colocada.

  • Presentar la consulta ante COFEPRIS

La autoridad revisará la información proporcionada y podrá emitir una de las siguientes respuestas:

  • Es suplemento alimenticio: El producto con la definición y características regulatorias.
  • Solicitud de información: COFEPRIS requiere datos adicionales para continuar con la evaluación.
  • No es suplemento alimenticio: El producto no corresponde a esta categoría.
  • Recibir la respuesta de clasificación
Equipo regulatorio revisando la fórmula, ingredientes y propuesta de etiqueta de un suplemento

El tiempo máximo de respuesta indicado por COFEPRIS es de hasta 90 días. Esta respuesta permite conocer la clasificación del producto antes de continuar con su comercialización.

https://www.gob.mx/cofepris/documentos/consulta-de-clasificacion-de-producto-como-suplemento-alimenticio-2?state=published

Paso 7. Aviso de Funcionamiento

Los suplementos no requieren registro sanitario para su comercialización en México. Sin embargo, los establecimientos que los fabriquen, envasen, almacenen o comercialicen deben presentar un Aviso de Funcionamiento ante COFEPRIS antes de iniciar operaciones, cuando así lo establezca la normativa aplicable.

¿Qué es el aviso de Funcionamiento?

Es un trámite mediante el cual el propietario o representante legal informa a COFEPRIS el inicio de las actividades del establecimiento. Su presentación no constituye una autorización sanitaria, pero permite a la autoridad conocer la operación del establecimiento y verificar posteriormente el cumplimiento de la legislación sanitaria.

¿Quién debe presentarlos?

Este trámite aplica, entre otros, para establecimientos que:
– Fabrican suplementos alimenticios.
– Envasan o acondicionan suplementos alimenticios.
– Almacenan productos cuando la actividad sanitaria así lo requiere.
– Comercializan suplementos alimenticios, según el tipo de establecimiento y las actividades que realizan.

Información que debe incluir

Al presentar el Aviso de Funcionamiento se proporciona, entre otros, la siguiente información:

  • Nombre o razón social del propietario.
  • RFC.
  • Domicilio del establecimiento.
  • Fecha de inicio de operaciones.
  • Actividades que realizará el establecimiento.
  • Tipo de productos que fabrica o comercializa.
  • Declaración de cumplimiento de la normativa sanitaria.
Supervisora revisando documentación en una planta moderna de fabricación y envasado de suplementos.

Documentación que debe conservar el establecimiento

Aunque no siempre se entrega al presentar el aviso, la empresa debe contar con información técnica que pueda ser requerida durante una visita de verificación, por ejemplo

  • Fórmula cualitativa y cuantitativa del producto.
  • Lista de ingredientes.
  • Nombre científico de las plantas utilizadas.
  • Modo de empleo.
  • Etiquetado vigente.
  • Información técnica que respalde la composición del producto.

¿Qué sucede después de presentar el aviso?

La presentación del Aviso de Funcionamiento no exime al establecimiento de cumplir con la legislación sanitaria. COFEPRIS puede realizar visitas de verificación para revisar las instalaciones, los procesos de fabricación, la documentación técnica y el cumplimiento del etiquetado y demás requisitos aplicables.

¿Dónde se realiza el trámite?

El trámite puede presentarse ante COFEPRIS o en las autoridades sanitarias que correspondan.

Paso 8. Importación de suplementos alimenticios

La importación de suplementos alimenticios a México está sujeta al cumplimiento de diversos requisitos sanitarios. Antes de ingresar el producto al país, es necesario verificar que sus ingredientes, etiquetado y documentación cumplan con la legislación mexicana.

¿Se necesita un permiso para importar suplementos alimenticios?

Sí. En la mayoría de los casos, los suplementos alimenticios requieren un Permiso Sanitario Previo de Importación (PSPI) emitido por COFEPRIS. Durante este procedimiento, la autoridad revisa que el producto cumpla con los requisitos sanitarios aplicables antes de autorizar su ingreso al país.

Modalidades de Permiso Sanitario Previo de Importación

Inspectora revisando suplementos, requisitos y su documentación durante el proceso de importación a México.

Dependiendo del propósito de la importación, COFEPRIS contempla diferentes modalidades.

  • Permiso Sanitario Previo de Importación de productos, para la importación comercial.
  • Permiso Sanitario Previo de Importación por retorno, cuando los productos regresan al país después de haber salido temporalmente.
  • Permiso Sanitario para importación de muestras o consumo personal, aplicable a productos destinados a investigación, pruebas de laboratorio, exhibición, donación o consumo personal.

Documentación que puede solicitarse

Los documentos varían según la modalidad del trámite, pero generalmente incluyen:

  • Constancia o certificado sanitario emitido por la autoridad del país de origen, cuando corresponda.
  • Certificado de libre venta.
  • Certificado de análisis microbiológicos y fisicoquímicos por producto y lote.
  • Factura comercial o documento de transporte.
  • Etiqueta original del producto.
  • Etiqueta en español con la que se comercializará en México.
  • Carta que describa el destino o el uso del producto, cuando aplique.

Publicidad de suplementos alimenticios

La publicidad es una herramienta para dar a conocer los suplementos alimenticios, pero también está sujeta a regulación sanitaria. En México, toda publicidad debe ser veraz, comprobable y no inducir a error al consumidor. Por ello, es importante conocer qué información puede difundirse, qué prácticas estás prohibidas y cuáles son los criterios que deben cumplirse en cualquier medio de comunicación, incluyendo redes sociales y plataformas de comercio electrónico.

Publicidad permitida

La publicidad de los suplementos alimenticios debe ser veraz, comprobable y no inducir a error. Puede informar sobre los ingredientes, la forma del consumo, el contenido nutrimental y las características del producto, siempre que las afirmaciones puedan demostrarse científicamente.

Ejemplos:

  • “Contiene vitamina C y zinc.”
  • “Aporta 500 mg de magnesio por porción”
  • “Suplemento alimenticio a base de cúrcuma”
Publicidad engañosa

Se considera engañosa cuando atribuye propiedades que el producto posee, exagera sus beneficios o lo presenta como un tratamiento para enfermedades. La legislación mexicana prohíbe afirmar que un suplemento previene, trata o cura enfermedades.

Ejemplos:

  • “Eliminar diabetes”
  • “Curar la artritis”
  • “Fortalece el sistema inmunológico”
Equipo de marketing evaluando campañas digitales permitidas y rechazadas para los requisitos de suplementos.
Frases prohibidas

No deben utilizarse frases que atribuyen efectos terapéuticos o resultados garantizados, ni aquellas que induzcan a pensar que el suplemento sustituye una alimentación adecuada.

Ejemplos:

  • “100 % efectivo.”
  • “Resultados garantizados.”
  • “Sustituye una comida.”
  • “Recomendado por médicos” (sin evidencia).
Testimonios

Los testimonios pueden utilizarse únicamente cuando no sean falsos, exagerados o engañosos. No deben presentarse como prueba científica ni prometer los mismos resultados para todos los consumidores.

Ejemplo permitido:

  • “Este producto fue fácil de incorporar a mi rutina.”

Ejemplo no permitido:

  • “Gracias a este suplemento curé mi hipertensión.”
Imágenes de “antes y después”

Las imágenes de “antes y después” pueden incluir a error al sugerir resultados garantizados o extraordinarios. Por ello, COFEPRIS considera que este tipo de publicidad puede ser engañosa cuando no existe evidencia suficiente que respalde esos resultados.

Ejemplo no permitido:

  • Fotografías que prometen perder 15 kg en un mes gracias al suplemento.
Publicidad en redes sociales y plataformas

Las publicaciones en Facebook, Instagram, TikTok, Mercado Libre, Amazon y páginas web deben cumplir las mismas disposiciones sanitarias que cualquier otro medio publicitario. El hecho de anunciar un producto en internet no exime el cumplimiento de legislación aplicable.

¿Por qué tantos suplementos hacen promesas imposibles?

Muchas marcas utilizan estrategias de marketing para destacar sus productos y atraer consumidores mencionando productos milagros. Sin embargo, algunas promesas carecen de sustento científico o atribuyen propiedades que la legislación mexicana no permite para los suplementos alimenticios. Aunque existen disposiciones sanitarias que regulan la comercialización, el fabricante es responsable de garantizar que la información del etiquetado y la publicidad sea veraz, comprobable y no induzca al error.

¿Qué multas puede imponer la autoridad?

El incumplimiento de la legislación sanitaria puede dar lugar a medidas de seguridad y sanciones económicas. Dependiendo de la infracción, autoridades como COFEPRIS y PROFECO pueden ordenar la suspensión de la publicidad, el aseguramiento de productos, la inmovilización, el retiro del mercado o la imposición de multas preventivas en la Ley General de Salud y la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Especialista comparando suplementos con errores de etiquetado y lista de ingredientes frente a un producto correctamente identificado.

Principales causas de sanción:

  • Etiquetado correcto.
  • Publicidad engañosa.
  • Uso de ingredientes prohibidos.
  • Incumplimiento de las disposiciones sanitarias.
  • Información falsa o no comprobable.

Errores más comunes

Los siguientes errores son frecuentes en la fabricación, importación y comercialización de suplementos alimenticios en México:

  • Copiar etiquetas de otros países.
  • Traducir el etiquetado automáticamente.
  • Utilizar ingredientes o plantas no permitidos.
  • Incluir declaraciones medicinales.
  • Publicar publicidad engañosa.
  • Omitir información obligatoria.
  • Clasificar incorrectamente el producto.
  • No verificar el cumplimiento de la NOM-051 y demás disposiciones aplicables.
Consumidora leyendo la información nutrimental y lista de ingredientes de suplementos en un supermercado contemporáneo.

Cumplir con la regulación desde el inicio ayuda a prevenir inmovilizaciones, sanciones económicas, pérdidas financieras y retrasos en la comercialización. Antes de fabricar, importar o vender un suplemento alimenticio, es recomendable verificar su clasificación, ingredientes, etiquetado, publicidad y cumplimiento de la legislación sanitaria vigente para garantizar que el producto pueda comercializarse legalmente en México.

Deja un comentario

Comentarios

Aún no hay comentarios. ¿Por qué no comienzas el debate?

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *